Planeación Nacional se “Copiará” de Girardot!, eso parece decir asesor municipal

LUIS GILBERTO MOYA ROMERO

En el día de hoy, en la plenaria del Concejo Municipal, el asesor que exponía ante el concejo el plan de desarrollo Municipal, afirmo que “Planeación Nacional va hacer un “símil” de lo que va hacer Girardot.” Ante la falta de argumentos válidos para explicar por qué el Municipio de Girardot no proyectó una disminución de los ingresos para esta vigencia y subsiguientes como lo ha recomendado el Ministerio de Hacienda y por el contrario proyectó un crecimiento económico, el asesor lanzó esta frase en medio de su discurso, tratando de decir tal vez lo contrario. Pero no es la frase lo que cuestionamos sino lo que realmente implica aumentar los gastos sin tener en cuenta los ingresos reales. Mostrar un ingreso mayor del que no existe, significa que se autoriza al mandatario para ejecutar un mayor gasto, generando un déficit presupuestal, el cual al final del año, se reflejará en la falta de pago de sus obligaciones. El riesgo consistirá en que al final del año no habrá recursos para pagar la nómina, pensionados y los contratistas.


El empalme de Gobierno es un proceso que contribuye a la rendición de cuentas de la rama ejecutiva. Es una obligación de todos los servidores de la administración pública, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 39 numeral 2 de la Ley 152 de 1994, el Artículo 78 de la Ley 1474 de 2011 y el Artículo 50 de la Ley 1757 de 2015. En qué estado recibió los recursos generales del Municipio, estado de pérdidas y ganancias etc. ( Recursos Financieros) Es importante recordar que el mandatario entrante deberá verificar la información que hace parte del INFORME DE GESTIÓN y recibirlo mediante el ACTA DE INFORME DE GESTIÓN. Se entiende por Acta de Informe de Gestión, la descripción en documento escrito, que comprende todos los asuntos de competencia, gestión y estado de los recursos financieros, humanos y administrativos que tuvieron asignados los titulares o representantes legales y particulares que administren fondos o bienes del Estado para el ejercicio de sus funciones, al separarse del cargo, al finalizar la administración por el período que estuvieron al frente del mismo o cuando se es ratificado en el cargo al vencimiento del período, según sea el caso, desagregado por vigencias fiscales. Según el artículo 3 de la Ley 951 de 2005, entre otros casos, es responsabilidad de los alcaldes y gobernadores cuando han finalizado su período de gobierno. Quisiéramos saber si los Sres Concejales ponentes y los demás integrantes del Concejo Municipal, durante todos los debates del Plan de Desarrollo, tuvieron en sus manos y no solo eso, si plantearon alguna discusión basados en los documentos del EMPALME, sobre todo los estados financieros que muestran como estaba el Municipio en ese momento. El empalme también es un proceso estratégico y de interés público dado que brinda insumos claves para la elaboración del nuevo Plan de Desarrollo.


Nada agradable que comiencen a dimensionar desde ahora un Plan de Desarrollo que ya según este comentario, empieza por demostrar falencias financieras, esperamos su publicación para proceder a estudiarlo y hacer el comentario al respecto en forma general.



 




×